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Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales

Sede Bogotá

Procedimiento suscripción de convenios de cooperación académica internacional o nacional (actualizado 2024)

Cuando la solicitud viene de un miembro de la comunidad académica de la UNAL

 

Cuando la solicitud viene de una universidad extranjera

 

 

9. El docente o estudiante radica la solicitud de suscripción de convenio ante la oficina de gestión documental de la facultad con copia al PIF para ser remitida al departamento correspondiente y ser estudiada por el Comité Asesor y el Consejo de Facultad. .

El estudiante o docente debe radicar los siguientes documentos:

 d. Solicitud formal dirigida al Consejo de Facultad pidiendo la suscripción de convenio específico con la universidad extranjera de su elección (nota: para el caso de los estudiantes, en el momento de hacer la solicitud debe contar con la calidad de estudiante, y antes de radicar la solicitud debe haber indagado con los docentes de planta quien podría ser el coordinador del convenio, de igual forma, incluir en la solicitud el nombre y correo de contacto de la persona en la universidad contraparte con la cual se establecerá la comunicación para tramitar el convenio)

 e. Formato de minuta de convenio prediligenciado (este formato se solicita al PIF).  

 

11. La solicitud se recibe y se envía para revisión por parte de las áreas curriculares y la vicedecanatura académica.

 

 

 

10. Una vez el Comité Asesor da concepto positivo para la suscripción, la solicitud es estudiada por el Consejo de Facultad (en los eventos que la naturaleza del convenio o la necesidad de revisar algunas cláusulas se consulta al asesor jurídico de decanatura) y emite aval.

 

12. Una vez se tiene un concepto positivo de la viabilidad y pertinencia de la suscripción del convenio, se solicita a las áreas curriculares indagar acerca de que profesor de planta acepta ser coordinador del convenio.

 

11. Cuando ya se cuenta con el aval y la versión final de la minuta de convenio aprobada por la UNAL y la universidad contraparte, el PIF envía al docente designado coordinador del convenio el formato de carta de compromiso de coordinación del convenio.

 

13. Cuando ya se tiene el docente que coordinará el convenio, El PIF se pone en contacto con la universidad contraparte y le envía el formato de minuta del convenio prediligenciado. En caso de ser una universidad no hispanohablante, la minuta debe estar en ambos idiomas.

 

12. El PIF envía a la DRE los siguientes documentos:

 d. Aval de Consejo de Facultad para suscribir el convenio

 e. Versión final de la minuta del convenio

 f. Carta de compromiso del coordinador del convenio.

 

14. Cuando la universidad contraparte envía la versión de la minuta revisada, el PIF procede a enviarla al área curricular a la cual pertenece el docente que aceptó coordinar el convenio, para que sea estudiada en el comité asesor y a su vez presentada al Consejo de Facultad (en los eventos que la naturaleza del convenio o la necesidad de revisar algunas clausulas se consulta al asesor jurídico de decanatura) y emite aval.

 

 

13. La DRE revisa el convenio y si cumple con todos los requerimientos lo envía para firma de la rectora. Cuando la rectora lo firma, la DRE lo envía nuevamente al PIF.

 

15. Cuando ya se cuenta con el aval y la versión final de la minuta de convenio aprobada por la UNAL y la universidad contraparte, el PIF envía al docente designado coordinador del convenio el formato de carta de compromiso de coordinación del convenio.

 

14. El PIF tramita las demás firmas de la UNAL (Coordinador del convenio) y envía el convenio a la universidad extranjera para que se incluyan las demás firmas.

 

16. El PIF envía a la DRE los siguientes documentos:

 d. Aval de Consejo de Facultad para suscribir el convenio

 e. Versión final de la minuta del convenio

 f. Carta de compromiso del coordinador del convenio

 

15. Cuando se tiene el convenio firmado por todas las partes, el PIF lo envía nuevamente a la DRE para que lo suba en la página web. (Nota: el convenio entra en vigencia a partir de la fecha de la última firma que se incluyó en el convenio).

 

17. La DRE revisa el convenio y si cumple con todos los requerimientos lo envía para firma de la rectora. Cuando la rectora lo firma, la DRE lo envía nuevamente al PIF.

 

 

18. El PIF tramita las demás firmas de la UNAL y envía el convenio a la universidad contraparte para que se incluyan las demás firmas.

 

 

19. Cuando se tiene el convenio firmado por todas las partes, el PIF lo envía nuevamente a la DRE para que lo suba en la página web. (Nota: el convenio entra en vigencia a partir de la fecha de la última firma que se incluyó en el convenio).